Un poco de historia:
La combustión residencial de leña genera, entre otros contaminantes, Material Particulado, el que se divide en MP10 partículas gruesas y MP2,5 que son aquellas partículas más finas que pasan directo a los alveolos pulmonares y al torrente sanguíneo siendo más peligrosas.
En el caso de Coyhaique, el monitoreo de MP10 comenzó oficialmente el año 2007, lo que permitió generar un informe para determinar al área afectada y, mediante Decreto Supremo, declarar la Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10 en 2012. Con esta información fue posible establecer el Plan de Descontaminación Atmosférica MP10 para Coyhaique y su Zona Circundante en 2016.
En forma paralela a la publicación del PDA por MP10, y cumpliendo con lo establecido en la Estrategia de Planes de Descontaminación, del Ministerio del Medio Ambiente, se inició la tramitación para la declaración de zona saturada por MP2,5 a Coyhaique, ordenando actualizar el Plan vigente por material particulado fino respirable MP2,5, para obtener un solo instrumento de gestión ambiental. El pasado 17 de Julio del 2019, se publicó en diario oficial el Decreto Supremo que Establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Coyhaique y su zona circundante, con entrada en vigencia inmediata.
El PDA de 2,5 permitió reemplazar la Alerta Sanitaria por MP2,5 en la que la Intendencia regional decreta los episodios y la SEREMI del Medio Ambiente es quien formula la Gestión de Episodios Críticos, de acuerdo a protocolo, comprendido entre el 1ro de Abril y el 30 de Septiembre.
Las medidas:
La principal fuente de contaminación atmosférica de material particulado 2,5 de Coyhaique, es la combustión residencial de leña, por cuanto los planes están dirigidos principalmente a reducir las emisiones del sector residencial, mediante la aplicación de subsidios de reacondicionamiento térmico de viviendas existentes, recambio de calefactores a leña, el aumento de la oferta de leña seca e incentivar el uso de otros combustibles derivados de la madera y finalmente educación y sensibilización a la comunidad que promueva el cambio cultural requerido para mejorar la calidad del aire, y llegar a los niveles exigibles de la normas primarias de contaminación en un plazo de 10 años.
Viviendas más eficientes:
Históricamente para Coyhaique se consideraba un monto de subsidio de 130 UF para aislación térmica, con la entrada en vigencia del PDA MP 10, dicho subsidio aumentó a 250 UF como base, pudiendo llegar a 450 UF, considerando un monto para regularización de obras, trámites administrativos y mejoramiento térmico con nuevos estándares más exigentes. Desde la entrada en vigencia del Plan MP2,5, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo focalizará en la ciudad de Coyhaique y su zona circundante, la entrega gradual de al menos 7.000 subsidios de Acondicionamiento Térmico para las viviendas existentes, dentro del plazo de 10 años.
Una de las medidas que se indica en el PDA es la elaboración de un estudio de “Viviendas de baja o nula demanda térmica”. A partir de este estudio se realizará un proyecto piloto donde se mejorará la vivienda llegando a estándares aún más estrictos que el PDA de manera que sea posible y factible una calefacción eléctrica sin que represente un gran costo para la familia.
Así también la Seremi de Vivienda deberá elaborar, en coordinación con la Seremi del Medio Ambiente, un manual de uso de la vivienda, que contenga temas relacionados con eficiencia energética y el impacto de la contaminación dentro y fuera de la vivienda; y el SERVIU incorporará la componente ambiental orientada a la mejora de la calidad de aire interior de los hogares como requisito, en el Plan de Habilitación Social de los Comités de Vivienda.
Calefacción sustentable
El programa de recambio de calefactores, cuenta con un financiamiento del Gobierno Regional de Aysén, para la ejecución y cumplimiento de los recambios establecidos en el PDA MP10, que establecía una meta de 10 mil recambios a 10 años. Con los programas ejecutados a 2019 se alcanza un avance del 65% de la meta establecida en 4 años de implementación del Plan. El nuevo PDA contempla un aumento de 50% de la meta de recambio a 15.000 nuevos artefactos, dando una clara señal de cambio de matriz para calefacción.
Respecto de proyectos de Calefacción Distrital, se ha aprobado por parte del Consejo Regional, el financiamiento para la etapa de diseño de un proyecto de este tipo en el sector Lote 9 de Escuela Agrícola. Que pretende en una etapa inicial beneficiar a edificios públicos y 90 familias con calefacción sustentable y agua caliente de uso sanitario.
Adicionalmente, el Plan establece que CORFO pondrá a disposición Instrumentos de innovación, emprendimiento y competitividad para financiar prototipos y proyectos que mejoren las condiciones de la oferta actual en dendroenergía y nuevas fuentes energéticas menos contaminantes, así como un Programa de Garantías para créditos de inversión y escalamiento, el cual tendrá como objetivo apoyar a las empresas regionales del área sustentabilidad y eficiencia energética, en el cumplimiento normativo.
Más leña Seca
Las medidas asociadas al aumento de leña seca, que en el plan vigente estaban disgregadas en varios servicios, se consolidan en la SEREMI de Energía y será este servicio quien coordinará el cumplimiento de una meta de leña seca a 10 años, de disponibilidad de al menos 100.000 metros cúbicos de leña al año. Así también se establece la necesidad de una Ordenanza Municipal para la formalización del comercio de la leña, la Fiscalización al comercio leñero y campaña comunicacional para el buen uso de biomasa.
La SEREMI de Energía de la Región de Aysén, coordinará todas las acciones necesarias con los organismos sectoriales pertinentes, para aumentar en forma gradual la oferta de leña seca en la zona sujeta al Plan. Contará con un plazo de 6 meses desde la entrada en vigencia del Plan para: Crear un catastro de comerciantes de leña que realice la actividad dentro de la zona sujeta al Plan y cuantificar anualmente la oferta de leña seca disponible en la zona saturada
Mayor restricción de emisiones
En el período de Gestión de Episodios Críticos, GEC el nuevo Plan es más restrictivo en los horarios de uso de más de un artefacto a leña por vivienda y se suma que se definirán polígonos en la ciudad, para la restricción de emisión de humos visibles.
El nuevo Plan se agrega un capítulo de compensación de emisiones que no se encontraba en el Plan vigente, esto con la finalidad de que proyectos que sean evaluados por el SEIA, y generen emisiones de MP mayores a 1 ton/año, deberán compensar sus emisiones en un 120%, es decir, deberán generar acciones que permitan paliar las emisiones producidas en su proyecto, (ya sea a través de recambios de calefactores, pavimentación de calles, implementación de filtros, etc.)
También se agregan medidas para el sector transporte, estableciendo que la SEREMI de transporte implemente un método de control de emisiones en la vía pública de vehículos diésel, con el objetivo de establecer un control que permita detectar vehículos cuyo motor o sistema de control de emisiones se encuentran deteriorados o con falta de mantenimiento, esto como una forma de controlar las emisiones de fuentes móviles.
Gestión de Episodios Críticos
La Gestión de Episodios Críticos hace referencia al periodo comprendido entre el 1ro de abril y el 30 de septiembre, considerado el momento donde las condiciones climáticas y de ventilación propician la saturación del aire por material particulado, y que establece medidas restrictivas y de resguardo en la salud de los habitantes de la zona saturada. Para esta gestión, es la Intendencia Regional quien decreta los Episodios Críticos que son informados por la SEREMI del Medio Ambiente en la página oficial www.airecoyhaique.cl, redes sociales y medios de comunicación, mediante la calificación de: BUENO, ALERTA, PREEMERGENCIA y EMERGENCIA.
Será labor de la SEREMI de Salud fiscalizar, conforme a sus atribuciones, las restricciones de los episodios críticos, la utilización de chimeneas de hogar abierto y la quema en los calefactores y cocinas a leña, de combustibles como carbón mineral, maderas impregnadas, residuos o cualquier elemento distinto a la leña, briquetas o pellets de madera; así también, a partir del 1 de enero de 2021, el uso de calefactores a leña del tipo hechizo y salamandras, y progresivamente el uso de calefactores a leña del tipo cámara simple y el uso de todos los calefactores a leña que no cumplan con el DS Nº 39 de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en la zona saturada.
Por su parte, la fiscalización del permanente cumplimiento de las medidas que establece el PDA MP2,5 será efectuada por la Superintendencia del Medio Ambiente, así también estará encargada de la verificación del estado de avance de las medidas e instrumentos del Plan.